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La familia empresaria es agente de cambio para la digitalización empresarial

La familia empresaria es agente de cambio para la digitalización empresarial

La pandemia aceleró la entrada de la Empresa Familiar a la IV Revolución Industrial y sorprendió más aún a quienes no estaban atendiendo las transformaciones económicas y sociales del mercado global.

Así como estábamos siendo testigos que Spotify afectaba a las discográficas, Netflix reemplazo a los videoclubs e hizo que mucha menos gente vaya al cine, google inutilizó a las páginas amarillas, whatsapp amenaza a operadores de telefonía fija y celular, Uber a los taxistas, y Tesla pone en duda el futuro de las automotrices. Estos son ejemplos de esta revolución que no es nueva, pero ahora exige atención y acción.

En este mundo cambiante, la familia empresaria está siendo llamada a construir futuro con la digitalización empresarial, es decir, transformarse con un plan estratégico innovador, con foco en el nuevo modelo de mercado y con personas comprometidas con el cambio. La Familia Empresaria es agente de cambio por naturaleza cuando sus atributos inherentes están en positivo, fortalecidos.

Algunos de los modelos de negocio de más relevancia en estos tiempos, están centrados:

· en el cliente (ya no se fabrica para tener stocks de venta, sino on demand) se estudian hábitos, necesidades, deseos, manera de comunicarse y consumir.

· en productos inteligentes (que aporten valor con nuevas prestaciones y funcionalidades vía servicios y tecnologías)

· en canales digitales, reducción de intermediarios y obtención de datos

· en plataformas de innovación abiertas, fintech, inteligencia artificial, apps, realidad virtual, interacción entre dispositivos conectados a internet, la cloud, el teletrabajo, etc

Las personas comprometidas con el cambio son miembros de la familia empresaria, son líderes de Empresas Familiares. Son las generaciones predecesoras y sucesoras las que están promoviendo la penetración y adopción de tecnologías 4.0 y transformación digital en sus ecosistemas productivos.

Todo esto exige un fortalecimiento de Empresa Familiar (gestión idónea del cambio cultural y filosófico de los protagonistas de la toma de decisiones), requiere fusión de generaciones llamadas a cambiar su mentalidad empresarial y familiar elaborando de forma participativa una visión compartida, nuevos sentidos de propósitos, acuerdos y políticas. 

Una amplia mayoría de las próxima generación de empresarios familiares (en España -y en el mundo- un 89%) creen que pueden actuar como motores de la digitalización de sus empresas. 

RECOMENDACIONES DE NATALIA CHRISTENSEN

  • Poner foco en la educación, talento, diversidad e inclusión para conectar con las demandas sociales
  • Hacer un diagnóstico de Empresa Familiar, especialmente de su pensamiento estratégico y vocación.
  • La transformación digital no es una transformación puramente tecnológica:
    • Implica a propietario/as actuales y futuro
    • Implica a las personas de todas las áreas de la empresa familia
    • Implica un cambio cultural y organizativo del ámbito empresarial, societario y de gestión

El éxito de la transformación digital en la empresa familiar depende fundamentalmente del compromiso de la Familias Propietaria con su futuro y de sus Capacidades de Dirección y Gestión de Familia Empresaria, desde lo cual lograran éxito en el cambio cultural, organizativo y de capacidades de los equipos.

Entendamos la digitalización asociada al futuro, a la continuidad, a un porvenir próspero en un mundo cada vez más globalizado, competitivo, tecnológico. Las empresas familiares para evolucionar, desarrollarse y crecer requerirán de dirección estratégica con transformación digital, con preservación del capital familiar (capital humano, intelectual, social y financiero).

Autora: Lic. Natalia Christensen. CEFC. Consultora senior de Empresa Familiar en Soluciones EFFE.

Palabras Claves: gobierno de empresa familiar, digitalización, singularidad tecnológica, planificación estratégica, nuevas generaciones, capital familiar

Reuniones a distancia: Directorio y/o Consejo de Familia.

Reuniones a distancia: Directorio y/o Consejo de Familia.

REUNIONES A DISTANCIA DEL ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN O DE GOBIERNO  

– Resolución IGJ N° 11/2020 –

Salió publicado en el Boletín Oficial la Resolución General 11/2020 (la “Resolución”), mediante la cual la Inspección General de Justicia (“IGJ”) habilita la celebración de reuniones a distancia, tanto del órgano de administración como del órgano de gobierno, mediante la utilización de medios o plataformas informáticas o digitales que les permitan a los participantes comunicarse simultáneamente entre ellos.

En tal sentido, la Resolución establece que durante todo el período en que por disposición del Poder Ejecutivo de la Nación, se prohíba, limite o restringa la libre circulación de las personas como consecuencia del estado de emergencia sanitaria, se admitirán este tipo de reuniones – aún cuando el estatuto social no las hubiera previsto – siempre que sean celebradas con los recaudos que a continuación se detallan:

  • i. La libre accesibilidad de todos los participantes a las reuniones;
  • ii. La posibilidad de participar de la reunión a distancia mediante plataformas que permitan la transmisión en simultáneo de audio y video;
  • iii. La participación con voz y voto de todos los miembros y del órgano de fiscalización, en su caso;
  • iv. Que la reunión celebrada de este modo sea grabada en soporte digital;
  • v. Que el representante conserve una copia en soporte digital de la reunión por el término de 5 años, la que debe estar a disposición de cualquier socio que la solicite;
  • vi. Que la reunión celebrada sea transcripta en el correspondiente libro social, dejándose expresa constancia de las personas que participaron y estar suscriptas por el representante social;
  • vii. Que en la convocatoria y en su comunicación por la vía legal y estatutaria correspondiente, se informe de manera clara y sencilla cuál es el medio de comunicación elegido y cuál es el modo de acceso a los efectos de permitir dicha participación.

Superada la emergencia sanitaria referida, únicamente se aceptará la celebración de reuniones bajo los recaudos antes mencionados, cuando los estatutos sociales expresamente lo prevean.

Se puede descargar aquí la Resolución

Ante cualquier inquietud de Directorio y Consejo de Familia, puede contactarse con natalia@solucioneseffe.com

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